Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente al Recurso de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano REMULO SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 1.192.564, asistido por el abogado en ejercicio SERGIO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 39.174, en contra de la ciudadana CARMEN TERESA POTELLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 3.573 003, en contra de CARMEN TERESA POTELLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 3.573.003, solicitando se decrete a su favor AMPARO CONSTITUCIONAL consagra.....