RESOLUCION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado LUIS ENRIQUE RAMOS CHACÍN, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.979.123, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 28 de Febrero de 1.973, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Grado de Instrucción 4° Año, hijo de los ciudadanos Luis Enrique Ramos (v) y Delia Chacín de Ramos (v), residenciado en la Calle San Carlos, Casa N° 15, Sector La Montañita, Barcelona, Estado Anzoátegui, por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 3° d.....