II
En consecuencia, en razón a los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la ACCION REIVINDICATORIA intentada por ALEXIS MOYA ALCANTARA contra OTTO EDGARDO ESPINOZA GONZALEZ y lo condena a restituir y entregar totalmente desocupado de bienes y personas el inmueble arriba identificado a sus copropietarios ALEXIS MOYA ALCANTARA y BASILISO QUIJADA QUIJADA.-
Se condena en costas a la parte demandada.-
Se ordena la notificación de las partes.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, al primer día del mes de Noviembre de dos mil cuatro. Años: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
A.....