Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la falta de jurisdicción del Juez, opuesta por la parte demandada la Sociedad Mercantil PANTHERS CORPORATION C.A. Así se decide. -
SEGUNDO: Habiendo sido alegadas dos (02) cuestiones previas con procedimientos y lapsos distintos, este Juzgado a los fines de mantener la estabilidad del juicio se pronunciará por separado en el lapso legal correspondiente.