Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente Asunto Principal, así como el CESE de la condición de imputados de los ciudadanos JULIO CESAR RODRIGUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.290.353, fecha de nacimiento 25-10-1968, de profesión u oficio desempleado, hijo de ORFELIA DEL VALLE RODRIGUEZ y JULIO CESAR RODRIGUEZ, de 34 años de edad, natural de Barcelona, residenciado en calle San Antonio, No. 38, Barrio Bello Monte, Barcelona, Estado Anzoátegui, y JUAN MOISES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NO. V.- 16.182.908, de 18 años de edad, natural de Barcelona, Edo Anzóategui, de profesión u oficio Vigilante de Seguridad, hijo de LIGIA CONTRERAS y MARIO MEDINA, residenciado en B.....