Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 14 de mayo de 2004, la cual queda REVOCADA. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ADELIS ENRIQUE FIGUEROA contra la empresa TRANSPORTE FAGA Y BOVINELLI, C.A., antes identificados.
No hay condenatoria en costas dado el carácter parcial del presente fallo.