Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogada Betzaida Josefina Sánchez Ostos, con el carácter de Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 01, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de Octubre de 2004, mediante la cual Rechazó la Acusación Fiscal, presentada contra el Adolescente cuya identidad se omite, conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por ende decretado el Sobreseimiento Definitivo. En consecuencia se decreta la NULIDAD del fallo apelado así como de la audiencia preliminar celebrada el 21 de Octubre de 2004, y se ordenar la celebración de una nueva audiencia preliminar, ante un Juez distinto al .....