Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de las establecidas en el articulo 256, ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DAGMAR DEL VALLE TOMASINI GARCIA, Venezolano, donde nació en fecha 23-12-62, de 49 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.205.185 de estado civil soltero, profesión u oficio comerciante, residenciado en nueva Barcelona, villas de oriente casanº 08 avenida costanera, teléfono: 0424-8848684; por la presunta comisión del delito de ESTAFA previsto y sancionado en el articulo 462 del Código Penal y donde resulta como victima el ciudadano JULIO CESAR DUN CASTILLO. Líbrese oficio, informando sobre dicha decisión.