este Tribunal de Ejecución No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui acordó otorgarle el beneficio de Suspensión Condicional de la Pena al penado penado LUIS ANGEL SANDOVAL, cédula de identidad No. E.-80338.121. quien fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por el delito de ACTOS LASCIVOS de conformidad con lo establecido en el artículo 377 en concordancia con el artículo 375, numeral 1° del Código Penal. Asimismo, estableció en ese oportunidad que de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Beneficios sobre el Proceso Penal las condiciones al régimen. Y este Juzgado una vez revisadas las mismas observa que no se señaló el término de la suspensión condicional de la pena tal como lo establece el artículo 16 de la Ley de Beneficios en el Proceso Penal. En consecuencia, se ACUERDA Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley de Beneficios en el Proceso Penal y señala como término TRES AÑOS (03) y SEIS (06) MESES .....