Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud incoada por los ciudadanos: JESUS RAFAEL MORENO VALLEJO Y LUISA MARIA BRITO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°: V-8.317.395 y N°: V-12.913.716, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio FRANCISCO CASTILLO REYES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº: 103.880, por lo tanto, se decreta la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES, solicitada y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unió celebrado en fecha 16-04-2.005 por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guanipa del estado Anzoátegui. Se acuerda liquidar la comunidad conyugal.
Se homologa lo convenido por los solicitantes en cuanto a las Instituciones familiares, en la misma forma, términos y condiciones en que fue suscrita por ellos, así se dec.....