Por las razones anteriormente expuestas, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara Sin Lugar la solicitud del ciudadano ANDRY JOSE BETANCOURT SUCRE , identificado ut supra, la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Marca: Chevrolet, Modelo: Corsa, Color: Blanco, Año: 2001, Clase: Automóvil, Tipo: Coupe, Placa: NAJ 39C; Serial De Carrocería: 8Z1SC21ZX1V300387; Serial del Motor: X1V300387 y de Uso PARTICULAR, de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-