Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley al revisar la medida ORDENA que se continué cumpliendo la medida de LIBERTAD ASISTIDA impuesta a (IDENTIDAD OMITIDA), faltándole para su total cumplimiento SIETE (07) MESES Y VEINTISETE (27) Días.
Ello de conformidad con los artículos 614 629 y 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes, líbrese oficio al Servicio de Tratamiento en Medio Abierto Libertad Asistida del Instituto Nacional de Atención Al Menor (I.N.A.M.).