En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano LUIS ANTONIO AVILAN MELE, en contra de la empresa PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A.