En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO POR INTIMACION), intentado por la Abogada en ejercicio EUMEDYS CATALINA MARCANO MARCANO, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS BELLO, C.A., en contra del CONSORCIO SMT OLIMPICO, todos plenamente identificados en autos, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ordena devolver los originales consignados en la misma. Asimismo, se suspende la medida preventiva de embargo, decretada en fecha 23 de enero de 2008.- Así se decide. En Barcelona a los dos (02) días del mes de Mayo de Dos Mil Ocho (2.008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
.....