DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por la parte demandante en su Escrito libelar, y posteriormente ratificada en fecha 11 de Abril del 2.012, en el juicio de Pago de lo Indebido y Daños y Perjuicios que ha incoado la ciudadana TEOTISTE MUÑOZ CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.201.684 y domiciliada en Caracas, Distrito Capital, a través de su Apoderado Judicial OCTAVIO RAFAEL CASTELLANOS ZACARÍAS, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.658, en contra de la Empresa INVERSIONES LA META 2045 C.A., domiciliada en Caracas, Distrito Capital, e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de.....