Se dictó sentencia en la presente causa declarandose PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación ejercido por el Abogado BALBINO EDUARDO DE ARMAS ALFONZO en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano NELSON RAMON MARCANO CAMPOS, quien recurre la sentencia de fecha catorce (14) de noviembre de dos mil catorce (2014), dictada por el Juzgado Segundo de de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en consecuencia, SEGUNDO: IMPROCEDENTE la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, incoada por el ciudadano NELSON RAMON MARCANO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.250.905, en contra de la ciudadana PASTORA EMILIA GUILLEN, venezolana, mayor de edad, portadora de a cedula de identidad N° V-8.974.899, TERCERO: se MODIFICA la sentencia de fecha catorce (14) de noviembre de dos mil catorce (2014)
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