Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Parcialmente Con Lugar la demanda que por cobro de Prestaciones Sociales incoada la ciudadana Mayerlin Meaño en contra de la Unidad Educativa Anthony de Mello C.A, plenamente identificados en autos, en consecuencia, este Juzgado condena a la parte accionada a pagar a la accionante la cantidad de Dos Millones Cuatrocientos Veinticuatro Mil Quinientos Ochenta Bolívares con Treinta y Siete Céntimos (Bs.2.424.580,37). Y así se decide.