Por lo anteriormente expuesto este tribunal de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la ASUNCION JURISDICCIONAL en la causa seguida al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto en el articulo 405 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el 426 ejusdem, en perjuicio de PABLO JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ y LUIS HERNANDEZ y, ordena la celebración del juicio oral y reservado para el día día 15 DE JUNIO de 2011 a las 02:00 PM; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 164 de la Reforma Parcial de fecha 04-09-2009 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del articulo 357 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en concordancia con las sentencias Nº 3744 de fecha 22-12-2003.....