Observa este Tribunal que la demanda no cumple con los requisitos exigidos en el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, motivo por el cual este Tribunal del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente demanda.