Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos JUNIOR JOSE SANTARROSA NAVARRO y NEUDISMAR JOSE BETANCOURT MEDRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.-15.717.110 y V.-19.941.035, respectivamente, domiciliado el primero en la Calle San Mateo, No. 18, Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui, y la segunda en la Calle Royal, No. 64, Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha VEINTIUNO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOS (21/01/2002), por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui, asentada bajo el Acta de Matrimonio No. 15, del Libro Principal No. 1, del Registro Civil.....