Por todo lo anteriormente este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: se DECLARA INCOMPETENTE, para el conocimiento de la presente SOLICITUD DE CONSIGNACIÓN DE CANON DE ARRENDAMIENTO, presentada por el ciudadano ROBERT FINIANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 16.250.744, de este domicilio, actuando en su carácter de Vice-Presidente de la Empresa "FABRICA DE MUEBLES DECOVEN C.A," debidamente constituida según se evidencia de asiento de comercio en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, anotada bajo el No. 12, Tomo: A-115 de fecha 07 de marzo del año 1996, posteriormente insertada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, anotada bajo el No. 09, Tomo: 8-A de fecha 23 de Octubre del año 2003. Identidad; y a.....