En consecuencia este Tribunal de Control Audiencia y Medidas Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta las medidas cautelar Número 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado; FRANCISCO RAFAEL RIVAS y solicitadas por el Ministerio Público y la cual consiste en una presentación cada TREINTA (30) DIAS e Igualmente impone las medidas cautelares 4.-) Referida a la prohibición de salir sin autorización del Estado Anzoátegui, sin la debida autorización del Tribunal y la 6.) Referida a la Prohibición de comunicarse con los familiares de la presunta víctima. Notifíquese al Ministerio Público y a la Comandancia de la Policía del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui a los fines de TRASLADAR CON LA URGENCIA DEL CASO al Imputado de autos a este Circuito Judicial Penal a los fines de imponerlo de las Medidas Cautelares. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ DE CONT.....