De manera que, la única forma de obtener una partida de nacimiento no inserta en lis libros de Registro Civil, es a través de la inserción de la partida correspondiente. En consecuencia, no habiéndose interpuesto la presente acción, mediante el proceso contencioso ordinario, la acción mero declarativa no es el juicio aplicable para resolver el punto concreto del interés procesal, todo lo cual conlleva a determinar la inaplicabilidad del artículo 16 de la ley adjetiva al caso bajo estudio, por lo que resulta forzoso para este Juzgado declarar inadmisible la presente acción mero declarativa por existir un procedimiento ordinario a través del cual el actor pueda satisfacer su pretensión, y así se decide.-