este Tribunal en aras de salvaguardar los supuestos constitucionales de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, consagrados en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y garantizar la protección constitucional de los derechos que pudieran corresponder a la parte solicitante, y de los instrumentos antes señalados, apreciados en el justo valor probatorio que de ellos se desprende, conforme lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1.357 del Código Civil, se estiman idóneos para demostrar la identificación en cuanto al nombre de la solicitante, siendo su verdadero nombre YULIZETH DEL VALLE MEJIAS ROJAS, tal como se desprende de los recaudos consignados y en cuanto a que el acta carece de sello y firma no hay nada que rectificar en virtud que de la copia certificada consignada se desprende la misma cuenta con el sello de la prefectura así como las firmas correspondientes, por lo que se decl.....