DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpusiera el Ciudadana CARMEN CECILIA LEÓN de CASTRO, representada judicialmente por la abogada Magali Figueroa, contra la Ciudadana MARÍA DE LA PAZ FUENTES DE ORONOZ, todos supra identificados. Se declara Resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 26 de enero de 2004, sobre el inmueble constituido por una casa distinguida con el Nro. 15 de la vereda 9, Sector 3 de la Urbanización Brisas del Mar de la ciudad de Barcelona. En consecuencia, deberá LA DEMANDADA entregar el inmueble objeto del contrato libre de personas y cosas; cancelar por concepto de daños y perjuicios la cantidad de Bs. 600.000,oo, los intereses de mora que suman la cantidad de Bs.....