En este estado intervienen los co-apoderados de la parte demandante y exponen: "A los fines de seguir señalando bienes propiedad del demandado que pueden ser objeto de embargo solicito con el debido respeto a este Tribunal que sirve trasladarse y constituirse en el lugar donde oportunamente señalaremos, es todo. Acto seguido, el Tribunal vista la solicitud de los co-apoderados de la parte actora, acuerde el traslado al sitio o sitios que señalaren, es todo.