Por lo antes expuesto este Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la presente demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoada por el ciudadano RAMESH DEB DRUID ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.461.963, debidamente asistido por el ciudadano ABG. TEODORO GOMEZ RIVAS, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el No. 15.993, con domicilio procesal en la Avenida Francisco de Miranda, No. 187, Edificio Dacota, Piso 02, Oficina 07, de la ciudad de El Tigre, contra de los ciudadanos ALBA ELENA VALDERAMA y LUIS OMAR GONZALEZ ALCALA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros. 8.970.556 y 3.730.717, respectivamente, y con domicilio la primera en la Calle Colombia No. 30, de San José de Guanipa, Estado Anzoátegui y el segund.....