este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos ADRIANA SALAS Y JOSE QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.678.520 y V-10.063.303, domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Anzoátegui, asistidos por la Abogada en ejercicio ELIDA RIVAS ALFONSO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 44.183. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE contraído por ellos en el Juzgado del Municipio San Félix Estado BOLIVAR en fecha 25 de mayo de 1994. Y así se decide. En aplicación a lo establecido en e.....