Con base a las razones de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ANA PATRICIA MAZA FARIÑAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de junio de 2.011.- Y así se decide.-
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de la causa sustanciar el presente procedimiento hasta llegar a la fase de ejecución forzosa si fuere el caso, donde se deberá suspender la causa hasta tanto se aplique y verifique que se haya dado cumplimiento al procedimiento administrativo establecido en el precitado Decreto Ley.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la decisión dictada.-
Regíst.....