Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR el requerimiento que hace el ciudadano ALFREDO JOSE LANDER de Restitución de Custodia, en lo que respecta a sus hijas, en virtud de que este progenitor no ha sido Privado Judicialmente de la Custodia de sus hijas, de conformidad a lo dispuesto en el ultimo aparte del articulo 360 y el articulo 390 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, y en consecuencia en beneficio de las niñas de autos y en razón a su interés superior previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las niñas deben continuar bajo la Protección de su padre ciudadano ALFREDO JOSE LANDER, por cuanto este detenta judicialmente la Cust.....