en consecuencia este Tribunal procede a Homologar dicha partición amistosa, en la misma forma, términos y condiciones establecidas por los solicitantes, en consecuencia señalan: Hemos decidido realizar la partición amistosa de común y mutuo acuerdo bajo los siguientes términos:
Primero: Se adjudica en plena y exclusiva propiedad a la ciudadana DANNY SOLYMAR SOLANO MARTINEZ, todos los bienes muebles adquiridos para prever nuestro domicilio durante la vigencia de la comunidad concubinaria, justipreciado por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000).
Segundo: El ciudadano ALEX JOSE SIMON SAYAGO le adjudica en plena y exclusiva propiedad a la señora DANNY SOLYMAR SOLANO MARTINEZ, el cincuenta por ciento (50%) que le corresponde del inmueble identificado con el N° 2-1, Tipo 4, Ubicado en el Piso N° 2 del edificio B, el cual forma parte del modulo 1 de la primera etapa del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CASTORES, ubicado en la Urbanización Colonia del Río, Sector Nuevo Ingenio, de.....