INADMISIBLE la pretensión de Daños y Perjuicios, incoada por el ciudadano Yean Carlos José Guerrero Mejías, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.488.045, a través de su apoderada judicial abogada Yumelis Elena Barroso, inscrita en el Inpreabogado con el N° 144.193, contra los ciudadanos Jorge Gómez Almeida y Johan Esteban Tineo Mata, colombiano el primero y venezolano el segundo, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-82.296.499 y 18.938.460, respectivamente. Y así se decide.-