Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA CONFESION FICTA de la parte demandada Marilim Marrero, establecida en los artículos 108 de la ley de regularizacion y control de canon de arrendamiento en concordancia con el 362 del Código de Procedimiento Civil;
SEGUNDO: CON LUGAR LA ACCION DE DESALOJO, interpuesta por la Sociedad Mercantil APARTHOTEL CANASTEL, contra la ciudadana Marilim Del Valle Marrero Méndez, ambas partes plenamente identificadas, en consecuencia se ordena a la parte demandada, a entregar un inmueble constituido por un apartamento de una (1) habitación, sala y comedor, identificado con el Nº 5 Primer Piso del Primer Edificio CANASTEL, ubicado en la avenida Cumanagoto.....