En este estado el tribunal Ejecutor de Medidas vista la solicitud de la parte actora en Nombre de la República de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley declara consumada la Medida Ejecutiva de Embargo decretada sobre los bienes muebles señalados plenamente en la presente acta por el Apoderado Judicial de la parte actora Abogado JOSE LUIS GALINDO RAMOS Apoderado Judicial de la Empresa TUHA PETROLEUM SERVICES, C.A. Seguidamente interviene el Apoderado Judicial de la parte actora plenamente identificado en la presente acta . En virtud que los bienes embargados en este acto no cubren el monto total del Embargo Ejecutivo señalado en la presente Comisión de ONCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRECIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS ( Bs. 11.256.322,oo) me reservo el derecho de seguir embargando ejecutivamente bienes pertenecientes a la Empresa demandada AKERE ENERGY, C.A .