este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Declara:
PRIMERO: SE ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, por las ciudadanas KARLA D´VIVO YUSTI y ALBA MOLINA SALAZAR, Venezolanas, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nros: V-10.528.926 y V-18.493.087, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nrso: 44.381 y 180.510, actuando en sus caracteres de Apoderadas Judiciales de la contribuyente "PASTAS CAPRI, C.A.," domiciliada en la avenida José Antonio Anzoátegui, Centro Comercial Río Neverí, Galpón N° 14, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, originalmente inscrita ante el Registro de Comercio llevado por la secretaria de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal bajo el N° 273. tomo 2-C, de fecha 13 de Abr.....