Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: 1) El traslado del Acusado ERLYS ENRIQUE MARCHAN HERNANDEZ para el día Martes 07/01/2006 a las 07:00 de la mañana, hasta la sede de la Medicatura Forense a objeto de que le practiquen la evaluación Médica necesaria, y una vez realizada sea remitido a este Juzgado los resultados del mismo. 2) Niega la solicitud de revisión de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, interpuesta por la Defensa de Confianza del acusado ERLYS ENRIQUE MARCHAN HERNANDEZ; Abogado. ALEXIS PEREIRA PEREZ, en virtud de los razonamientos antes expuestos. Todo de conformidad a lo consagrado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en justa relación con el artículo 244 Ejusdem. Líbrese boleta de notificación al Abogado Alexis Pereira Pérez participándole de.....