Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: Como Unicos y Universales Herederos del fallecido, ciudadano: JOSE MARIA SALAZAR, a su esposa ciudadana: CARMEN RAMONA FIGUEREDO DE SALAZAR, y a sus hijos, ciudadanos: CARLOS JOSE SALAZAR FIGUEREDO, YULIMAR TRINIDAD SALAZAR FIGUEREDO y JOSE GREGORIO SALAZAR FIGUEREDO, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nos. V-3.183.555, V-9.916.846, V-10.979.219 y V-11.630.034 respectivamente. De acuerdo con lo contenido en el Artículo 11 Ejusdem., se dejan a salvo los derechos de terceros. Se deja copia certificada de este Decreto en el Archivo de este Tribunal.