Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 479, numeral 3, 481 y 486, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Se Exhorta al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumana, a los fines que vigile el cumplimiento de la condena impuesta al ciudadano RICARDO PAUL PEREZ GIL, titular de la cedula de identidad Nro. 16.927.487, quien fue condenado mediante sentencia firme dictada previa aplicación del Procedimiento especial por Admisión de los Hechos, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO EN GRADO DE FRUSTRACCION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y Sanci.....