Éste Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado MIGUEL JOSE RUIZ FAJARDO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-INDOCUMENTADO, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 06/11/1982, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Noris Evelina Fajardo de La Rosa (v), WILLIANS JOSE VASQUEZ (V) domicilio en CALLE 4 rancho sin numero, sector el Paraiso de Clarines Estado Anzoategui por la comisión del delito de "CONTRABANDO DE HIDROCARBURO, previsto y sancionado en el articulo 20 numeral 14 de la Ley sobre el Delito de Contrabando.