Éste Tribunal de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, RATIFICÓ LA ORDEN DE APREHENSION y DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado CRISTIAN ELEAZAR AMATIMA CHACON, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 27.505.984, natural de Barcelona, Anzoátegui, donde nació el día 27-11-1994, de 21 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio Mecánico, hijo de Eliomar Amatima y Doris Mercedes Chacon, residenciado en Calle Unión, Sector Las Delicias, Casa Nro. 24, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; Y WILMER GRABIEL ARRIOJAS CHACON, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 25.565.562, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 24-03-1991, de 25 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Williams Arriojas Acosta (F) y Leonora Chacon Lezama, residenciado en Calle Uni.....