Por lo argumentos expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, REVOCA la medida de embargo preventivo decretada por el Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en contra de la codemandada CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A., y PETROLOG DE VENEZUELA, C.A., por la cantidad de Bs. 29.290.664,00;