Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: extender las presentaciones a cada cuarenta y cinco (45) días al acusado JORGE LUIS ORTUÑO, ante este Tribunal, quedando así revisada la Medida Cautelar Sustitutiva de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: niega por improcedente la solicitud de aplicación del artículo 187 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO:instar al acusado a los fines de que aporte al Tribunal su dirección actual.Notifiquese