En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida por el ciudadano JOSE LEONEL MARTINEZ representado por su apoderado judicial, y la empresa SKANSKA VENEZUELA, S.A., a través de su coapoderada judicial; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse se observa del escrito presentado por las partes en fecha 27 de febrero de 2009, que el mismo fue acompañado de copia del instrumento cambiario, signado bajo el No.00053361, girado contra la entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO B.O.D. en fecha 27-02-2009 NO ENDOSABLE, por un monto de TREINTA MIL BOLIVARES (BsF.30.000,oo) a favor del ciudadano MARTINEZ JOSE. El Tribunal evidencia que existe constancia de la entrega del identif.....