Visto el escrito presentado por la Abg. Augusta Sofía Rincón Cedeño, Defensora Pública Segunda en Materia de Violencia Contra la Mujer de este Estado, asistiendo al imputado CESAR ARTURO GUANARES, cédula de identidad Nº 13.913.352, mediante el cual solicita a este Tribunal, se acuerde a favor de su defendido las presentaciones ante este Despacho cada cuarenta y cinco (45) días, en virtud de presentar constancia de trabajo de fecha 18 de febrero de 2009, suscrita por la ciudadana Lilirroch Mata, Jefa de la División de Personal del Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui, donde se refleja que el mencionado imputado ejerce funciones como Distinguido en esa institución policial, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, acuerda, de conformidad con dicha solicitud y en vista de la constancia aportada, modificar la periodicidad de la medida cautelar de presentación a cuarenta y cinco (45) días, en lugar de cada treinta (.....