Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Dra. CORALI JARAMILLO, en su condición de Defensora Pública Quinta Penal a favor del imputado JOSE ALEJANDRO SANTOYO PARACO DUARTE, en consecuencia se extiende para cada SESENTA (60) días la presentación por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.-