"... Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, convenida entre los cónyuges, ciudadanos ambos venezolanos, mayores de edad, casados, y titulares de los números de cédula de identidad V-13.643.458 y V-13.849.141, respectivamente, y declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, según se evidencia de Copia Certificada de Acta de Matrimonio, la cual corre inserta bajo el acta N° 102, inserta en los Libros de la Oficina de Registro Civil del Municipio Simon Bolívar, del Estado Anzoátegui, la cual fue acompañada en autos..."