DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. LUIS CESAR FARIAS, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de éste Estado, en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la causa a favor de JULIO CESAR SOTILLO, titular de la cédula de identidad N° V- 8.238.536, residenciado en la calle Bella Vista, S/N, Barrio Colombia, Barcelona, Y JOSÉ RAFAEL GUERRA, titular de la cédula de identidad N° 3.957.432, residenciado en la calle El Porvenir N° 12-05, barrio La Ponderosa, Barcelona; por el delito de ROBO A MANO ARMADA; Igualmente se decreta el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la A.....