En consecuencia, este Tribunal resuelve:
Primero: Vista la manifestación de voluntad de la solicitante VERÓNICA JOSEFINA GONZALEZ TONITO de desistir del embargo dictado en la fecha indicada up supra, y visto que en fecha 08 de Octubre de 2007 se libró el oficio Nº3760-199 dirigido al Director de Recursos Humanos de la Zona Educativa del Estado Anzoátegui, Ministerio del poder Popular para la Educación con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui a los fines de cumplir con las retenciones ordenadas, este Tribunal ordena DEJAR SIN EFECTO, las retenciones ordenadas sobre el salario y prestaciones sociales y otros beneficios que pudiera recibir el requerido JUAN ERNESTO RODRÍGUEZ MEJÍAS, ordenados en la sentencia de fecha 08 de Octubre de 2007. Se ordena librar oficio a la Directora de la Unidad Básica de la Zona Educativa del Estado Anzoátegui, Ministerio del Poder Popular para la Educación con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de cumplir con lo ordenado. Así se de.....