Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) d, hijo biológico de los ciudadanos ROSA ALBANIS YENDIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 18.847.767 y ALBERTO JOSÉ CHACON LEONETT, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.036.136, interpuesta por la ciudadana NOELIS GREGORIA LEONETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 8.377.716, domiciliada en la Avenida Costanera, Residencias Costanera Sui.....