DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, al constatar que el ciudadano EFREN JOSE SANCHEZ CABRERA, cumplió a cabalidad con las condiciones que le fueran impuestas al momento de otorgarle, como Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso, la Suspensión Condicional del Proceso, el Tribunal considera que lo legalmente procedente es DECRETAR : EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al cioudadano: EFREN JOSE SANCHEZ CABRERA, antes identificado, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, penado en el artículo 411 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48, Ordinal 7mo. del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 553 de la vigente Ley Adjetiva Penal.
Regístrese, déjese copia y notifique.....